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29/10/13 Post By: Ramón Pastrano, WebMaster

Mitos sobre derechos de autor, parte 1

por Carlos Delgado - Diario Libre

David Bravo es el autor de “Copia Este Libro”. David distribuye ejemplares de “Copia Este Libro” a través del internet, sin costo alguno en http://copiaestelibro.bandaancha.st/.

David es una de las pocas personas de habla hispana que ha organizado una cantidad importante de ideas sobre el derecho de autor contemporáneo en un solo volumen.

Aparte de haber realizado un trabajo encomiable de organización de ideas, David expresa opiniones que favorecen un consumismo de contenido digital sin responsabilidad ante las leyes que rigen la distribución de contenido.

Todas sus opiniones comunican la premisa arbitraria de “si lo quiero consumir, lo voy a consumir”. Los argumentos que utiliza David para legitimar su premisa parecen estar blindados en una lectura rápida, pero al ser analizados utilizando datos factuales (no opiniones ni populismos), se debilitan y hasta ofenden.

Les presento citas de “Copia Este Libro” (el cual recomiendo que lean), las analizo y comunico sus debilidades.

Primera cita:
“La canción “Happy Birthday To You” es propiedad de Warner y le reporta 2 millones de dólares anuales en concepto de royalties. Según la legislación estadounidense cantar esa canción en un restaurante sería un acto de comunicación pública ilegal por el que podrían pedirte una indemnización.” 

-Dato correcto: es propiedad de Warner. Warner pagó $25 millones de dólares en 1988 para adquirir los derechos sobre “Happy Birthday To You”

-Dato correcto: reporta $2 millones de dólares en regalías por año

-Dato presentado de una forma que apoya el argumento de David en contra del derecho de autor: cantar esa canción en un restaurante sería un acto de comunicación pública ilegal por el que podrían pedirte una indemnización

-Qué información importante David no explica en su cita?
1. Un restaurante es una empresa creada para generar ingresos

2. En Estados Unidos, en República Dominicana, en Argentina, entre muchísimos otros países, los restaurantes pagan a sociedades compositores de música por el derecho de tener música en sus establecimientos (al igual que pagan por los vasos, sillas, mesas, materia prima de alimentos que confeccionan)

3. Si el restaurante no paga a la sociedad de autores por utilizar música en su establecimiento, no sólo “Happy Birthday”, sino también “Alegría” de Toño Rosario, “Vuelve Mami Con Tu Papá” de Teodoro Reyes y “Coje Cuadre” de Joe Veras, estarían realizando una comunicación pública de forma ilegal

4. David no aclara que: cualquier comensal de el restaurant puede cantar la canción que quiera de forma legal, porque no está generando ningún ingreso por la interpretación de la misma

5. La comunicación pública ilegal ocurre cuando se interpreta una canción en un lugar público y se generan ingresos no compartidos con las creadoras/dueñas/administradoras de los derechos de autor de la canción

Por qué es negativo para el debate el ejemplo que David ofrece sobre “Happy Birthday”?
- Porque confunde sobre lo que es comunicación pública
- Porque no especifica quién comunica la canción (una cantante profesional o una emisora, ambos generando ingresos por su interpretación, o un comensal del restaurant, no generando ingresos)

Segunda cita:
“En EEUU algunas plazas públicas ya no lo son tanto gracias al copyright. El Ayuntamiento de Chicago impide hacer fotografías en parques donde se expongan esculturas. Si lo haces, la policía te informará de que “el parque tiene copyright”.” 

-Dato correcto: ninguno

-Dato presentado de una forma que apoya el argumento de David en contra del derecho de autor: En EEUU algunas plazas públicas ya no lo son tanto gracias al copyright

Qué información importante no se explica en este dato?
-La frase de David suena interesante para su argumento en contra del derecho de autor, pero al ser analizada, descubrimos que David extrapola el ejemplo del parque de Chicago, un parque, a un plural obtuso e inexistente, al referirse a varias plazas públicas. Este recurso le conviene para defender sus ideas, pero no entiendo el porqué de referirse a “algunas plazas públicas”, si sólo nos habla de una sola. Uno de los recursos favoritos para argumentos pasionales es no ser específico.

-Dato presentado de una forma que apoya el argumento de David en contra del derecho de autor: el Ayuntamiento de Chicago no permite hacer fotografías en parques donde se exponen esculturas

Qué información importante no se explica en este dato?
-Las esculturas son obras tangibles con creadoras que se benefician de la ley de derecho de autor para defender su autoría y derecho de lucro por el uso de la obra creada

-El Ayuntamiento de Chicago permite hacer fotografías para uso personal

-El Ayuntamiento de Chicago interviene cuando las fotografías que se realizan de esta escultura, se utilizan para generarle ingresos a la persona que realizó la fotografía y no a la persona que realizó la escultura. En el caso específico que menciona David, la persona que realiza la fotografía, no había establecido un acuerdo de uso de la obra con la creadora de la escultura

-Les voy a aclarar, utilizando información específica y factual la situación a la que David se refiere cuando escribe que “El Ayuntamiento de Chicago impide hacer fotografías en parques donde se expongan esculturas”. Y claro, les voy a explicar por qué David, nuevamente crea confusión sobre el derecho de autor, en perjuicio del debate público.
-En el año 2004, se exhibió en el Millenium Park de Chicago la obra “Gates”. Esta obra fue creada por Anish Kapoor y la pueden ver aquí: http://www.flickr.com/search/show/?q=cloud+gate&ss=2

-Durante la exhibición de “Gates”, un sinnúmero de personas realizó fotografías de la obra sin fines comerciales. La controversia ocurre cuando entidades comerciales enviaron a fotógrafos profesionales a realizar fotografías que luego se venderían para el beneficio monetario de las entidades comerciales. Cuando una entidad utiliza la obra de otra entidad o persona para fines de lucro sin autorización de la creadora, y no comparte estos beneficios monetarios con la creadora de la obra, se presenta una situación de aprovechamiento la cual no es bien vista por la creadora de la obra

 -Aquí pueden leer, con todos sus detalles, la historia a la que David se refiere vagamente

bit.ly/16ue9s1 (historia en inglés)
bit.ly/1d3N309 (traducida al español)

El público puede tomar dos decisiones en el debate sobre el derecho de autor: 1- aceptar como válido cualquier argumento que le convenga ó, 2- retarse a analizar las ideas presentadas por ambos lados del debate y crear opiniones basadas en hechos reales y datos específicos.

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